Protegemos tu salud con un plan para cubrir tus gastos de hospitalización y cirugía, consulta ambulatoria y domiciliaria, exámenes de laboratorio, entre otros, de acuerdo a las coberturas que contrates.
Coberturas básicas
- Gastos pre y pos hospitalarios hasta 3 consultas médicas.
- Cobertura durante una hospitalización, cirugía, habitación individual, unidad de cuidados intensivos y gastos de honorarios médicos.
- Cobertura de cirugías ambulatorias.
- Cobertura por maternidad que incluye cesárea, embarazo ectópico, parto normal o prematuro, aborto espontaneo no provocado y complicaciones relacionadas con el embarazo.
- Hospitalización domiciliaria que incluye servicio de enfermería, médico general, oxigenoterapia y hasta 10 terapias físicas y respiratorias.
- Gastos no hospitalarios que incluye exámenes de laboratorio y radiología simple, exámenes de diagnóstico, medicamentos genéricos, terapias o fisioterapias.
Asistencia internacional
Exclusiones
No podremos cubrir servicios de salud que hayan sido prestados a causa de:
- Enfermedades preexistentes.
- Tratamientos para adicción a las drogas o al alcohol, anorexia, bulimia y lesiones causadas por estos trastornos.
- Tratamiento en clínicas de rehabilitación o de reposo.
- Accidentes causados intencionalmente.
- Tratamientos para obesidad, incluyendo la cirugía bariátrica.
- Tratamientos médicos y de diagnóstico para tratamientos de corrección de infertilidad, impotencia sexual e inseminación.
Periodos de carencia
Es el tiempo de vigencia durante el cual no tendrás derecho a los amparos y beneficios de la póliza. Una vez cumplido dicho tiempo, tendrás acceso a las coberturas, siempre y cuando las patologías hayan sido diagnosticadas después de dicho período:
El cubrimiento para enfermedades como amigdalectomía, adenoidectomía, fimosos, miomas, quistes ováricos, hipertrofia prostática, cálculos renales, prolapsos uterinos, cáncer, y tumores benignos comenzará a regir 12 meses después de entrar en vigencia en seguro.
Las cataratas, cálculos de vesícula y vías biliares, hernia discal, hernia inguinal. Hernia umbilical y epigástrica, infección por VIH o Sida, pterigios, úlcera gástrica o duodenal, hallux valgus, várices estarán cubiertos 25 meses después de estar vigente la póliza.
Es una póliza para colectivos que ofrece un plan de salud para mejorar las condiciones del servicio hospitalario del Plan de Beneficios de Salud (PBS), cubriendo los gastos médicos de habitación hospitalaria individual, servicio de enfermera acompañante, cama de acompañante, copagos hospitalarios, entre otros.
Coberturas básicas
- Habitación hospitalaria individual.
- Servicio de enfermera acompañante en caso de hospitalización.
- Cama de acompañante en caso de hospitalización.
- Copagos hospitalarios definidos en el Acuerdo 260 de 1994.
- Enfermera en casa post-parto o post-cirugía.
- Otros gastos asociados a la hospitalización (parqueaderos, almuerzos, transportes, entre otros).
- Continuidad en el pago de la prima en caso de que fallezca el asegurado principal.
- Auxilio exequial en caso de fallecimiento del asegurado principal.
Los servicios están sujetos a la oferta y disponibilidad de la institución médica. En caso de que no haya disponibilidad, te indemnizaremos por medio de un reembolso, de acuerdo a los montos definidos en la póliza. Consulta términos y condiciones en nuestro clausulado.
Exclusiones
No podremos cubrir servicios de salud que hayan sido prestados a causa de:
- Enfermedades preexistentes.
- Tratamientos médicos hospitalarios y/o cirugías no cubiertos por el POS
- Tratamientos como resultado de malformaciones, imperfecciones, deformaciones y/o anomalías congénitas o genéticas, así como estudios para su detección.
- Hospitalizaciones iniciadas y/o programadas antes de la vigencia de la póliza.
- Accidentes o enfermedades laborales y accidentes de tránsito.
- Enfermedades epidémicas.
- Tratamientos para el alcoholismo y la drogadicción.
Consulta el clausulado y conoce todas las exclusiones para que aproveches al máximo tu plan.
Periodos de carencia
Es el tiempo de vigencia durante el cual no tendrás derecho a los amparos y beneficios de la póliza. Una vez cumplido dicho tiempo, tendrás acceso a las coberturas, siempre y cuando las patologías hayan sido diagnosticadas después de dicho período.
Puedes acceder a las coberturas después de un mes de inicio de tu contrato. Recuerda que solo se prestará cobertura a los eventos posteriores al ingreso de la póliza.
Es una póliza de salud que mejora las condiciones de servicio hospitalario del Plan Obligatorio de Salud, ajustándose a las necesidades específicas de nuestros asegurados, garantizando tranquilidad, comodidad y calidad mediante el otorgamiento de habitación hospitalaria individual y una gama de coberturas opcionales.
Cobertura básica
- Habitación hospitalaria individual.
Coberturas opcionales
- Servicio de enfermera auxiliar acompañante en caso de hospitalización.
- Cama de acompañante en internación hospitalaria.
- Consulta a especialistas.
- Atención de urgencias por esguinces, luxaciones y fracturas simples no quirúrgicas.
- Esterilización voluntaria.
- Copagos hospitalarios definidos en el acuerdo 260 de 1994.
- Enfermera en casa post-parto o post-cirugía.
- Continuidad en el pago de la prima en caso de que fallezca el asegurado principal.
- Auxilio exequial.
- Odontología en caso de emergencia o urgencia odontológica.
- Consulta médica domiciliaria.
- Teleconsulta de medicina general.
- Asistencia médica en viaje al exterior.
Los amparos de esta póliza serán prestados únicamente dentro del territorio nacional, en los municipios en donde AXA COLPATRIA tenga red de prestadores de servicios contratada, conforme oferta del cuadro médico, salvo el amparo de Asistencia Médica En Viaje Al Exterior, cuando sea contratada. En caso de requerir servicios de urgencia en lugares donde no se cuente con red de prestadores, se autorizará reembolso de acuerdo con los montos definidos para cada cobertura.
Exclusiones
No podremos cubrir servicios de salud que hayan sido prestados a causa de:
- Enfermedades preexistentes.
- Reclamaciones como consecuencia directa o indirecta de tratamientos médicos hospitalarios y/o cirugías, excepto el servicio de habitación individual.
- Tratamientos como resultado de malformaciones, imperfecciones, deformaciones y/o anomalías congénitas o genéticas, así como estudios para su detección.
- Hospitalizaciones iniciadas y/o programadas antes de la vigencia de la póliza.
- Accidentes o enfermedades laborales y accidentes de tránsito.
- Enfermedades epidémicas.
- Tratamientos para el alcoholismo y la drogadicción.
Consulta el clausulado y conoce todas las exclusiones, de acuerdo a las coberturas que contrates, así podrás aprovechar al máximo tu póliza.
Periodos de carencia
Es el tiempo de vigencia durante el cual no tendrás derecho a los amparos y beneficios de la póliza. Una vez cumplido dicho tiempo, tendrás acceso a las coberturas, siempre y cuando las patologías hayan sido diagnosticadas después de dicho periodo.
El periodo de carencia para el amparo opcional de Esterilización Voluntaria es de 12 meses ininterrumpidos contados desde el inicio de vigencia de la póliza o de la inclusión de cada asegurado individualmente considerado.
Puedes acceder a las coberturas después de un mes de inicio de tu contrato. Recuerda que solo se prestará cobertura a los eventos posteriores al ingreso de la póliza.